El Consejo de Ministros aprueba el fin de la obligatoriedad de las mascarillas en espacios interiores, con carácter general, a partir del 20 de abril.
No obstante, el uso de las mascarillas seguirá siendo obligatorio en determinados contextos:
La mascarilla seguirá siendo obligatoria en centros y servicios sanitarios como hospitales, centros de salud o farmacias, tanto para los trabajadores como para los visitantes. Será igualmente obligatoria para personas ingresadas cuando estén fuera de sus habitaciones.
Continuará siendo obligatorio el uso de mascarillas en centros sociosanitarios, como residencias de mayores, tanto para las personas que trabajen en ellos como para los visitantes.
No tendrán que llevar mascarilla las personas residentes.
Se mantiene la obligatoriedad del uso de las mascarillas en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses.
También en todos los transportes públicos de viajeros.
No tendrá que utilizarse para los andenes y estaciones de viajeros.
En el entorno laboral, de manera general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, la evaluación de riesgos del puesto de trabajo será la que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse.
Aunque las mascarillas dejen de ser obligatorias en espacios interiores, se aconseja su uso responsable para la población vulnerable.También en eventos multitudinarios, entornos familiares y reuniones o celebraciones privadas, según la vulnerabilidad de los participantes.